Aquí encontraras información sobre nuestras becas de estudios de postgrado en ciencias sociales y humanidades, convocatorias, eventos académicos y nuestro programa de apoyo a publicaciones.
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3.4 Al término de la beca el estudiante no podrá solicitar a FUNDACIÓN VOLCÁN CALBUCO una nueva beca de manera inmediata. Deberán transcurrir al menos dos años para poder solicitar una nueva beca a la Fundación. 3.5 Prórrogas de las Becas Los becarios que realicen estudios cuya duración requiera de una estancia mayor a la acordada originalmente en la institución respectiva, deberán presentar a la Dirección Ejecutiva de la Fundación, dos meses antes de que la beca concluya, la siguiente documentación |
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a.- Certificado de situación académica del estudiante.
b.- Escrito personal solicitando la ampliación de la beca, o avances de investigación, debidamente avalados por su asesor o director.
c.- Haber alcanzado un promedio de calificaciones de 70% sobre 100. d.- Mantenerse en un ámbito de estudios e investigación propios de las ciencias sociales y las humanidades.
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El no-cumplimiento de estos requisitos en el plazo señalado podrá ser causa de cancelación definitiva de la beca. IV. Del reembolso de las becas 4.1 Una vez transcurrido un año de estar en posesión del título o grado académico correspondiente, el ex-becario deberá reembolsar a FUNDACIÓN VOLCÁN CALBUCO, o a la entidad financiera designada por dicha institución, el 50% del aporte que se le haya hecho en moneda equivalente a la que se le entregó, esto es reajustada según I.P.C. u otro índice que rija al momento de la devolución. La forma de este reembolso será en tantas mensualidades consecutivas como le fueron entregadas por la Fundación, no pudiendo exceder los cinco años, en el caso del doctorado, y los tres años para la maestría o postítulo, incluido el período de gracia. El plazo para comenzar el reembolso del dinero no podrá exceder en ningún caso los cinco años. Transcurridos éstos sin que el estudiante haya obtenido su grado académico, se entenderá que fracasó en sus estudios, debiendo comenzar el reembolso del monto total.
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4.2 Para asegurar esta devolución, el becario deberá suscribir un contrato con FUNDACIÓN VOLCÁN CALBUCO. 4.3 El becario que por cualquier razón viera suspendidos sus estudios, tendrá un período de gracia que se podrá extender hasta seis meses dadas las condiciones necesarias, antes de reembolsar el 100% de la suma recibida de FUNDACIÓN VOLCÁN CALBUCO. 4.4 Si un becario decidiera, por cualquier razón, renunciar a la beca de la Fundación, deberá, luego de un período de gracia de hasta seis meses, reembolsar el 100% de ésta, si es que no ha continuado realizando estudios de postgrado. Lo anterior deberá ser acreditado oportuna y periódicamente. En caso de terminar sus estudios en otro programa u otra institución, en condiciones aprobadas por FUNDACIÓN VOLCÁN CALBUCO, el estudiante reembolsará el 50% del total después de un año, en igual forma y plazo que el utilizado por la Fundación al entregar el beneficio.
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4.5 FUNDACIÓN VOLCÁN CALBUCO se reserva el derecho a emprender las acciones legales pertinentes contra quienes no cumplan las disposiciones anteriores. 4.6 El becario que obtenga un promedio de notas igual o superior al 93 % (6.5) en su programa de postgrado o postítulo, tendrá una condonación del 50% de la suma que deba reembolsar a la Fundación; es decir, deberá pagar sólo el 25% del costo total del programa de estudios efectuado. Cabe señalar que este beneficio se otorgará siempre y cuando el becario cumpla oportunamente con lo acordado con la Fundación respecto al reembolso. |
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V. De las obligaciones académicas de los becarios de postgrado 5.1 Es requisito indispensable para conservar la beca obtener un promedio de notas mínimo de 70% trimestral, cuatrimestral o semestral, según el plan de estudios. Una vez terminados los cursos y seminarios, deberá presentar un informe semestral del profesor guía que acredite |
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su trabajo. El becario dispondrá de un plazo de 30 días, luego de terminado el respectivo período académico, para acreditar los resultados. 5.2 Cada año la situación del becario será reevaluada de acuerdo a su informe académico, a los fondos con que cuente la fundación y a las decisiones tomadas por el directorio en ese momento. (sigue) |
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